El Impuesto de la Renta de No-residentes se debe pagar si tiene propiedades en España, en función de la situación de su residencia fiscal en España, y su situación particular.
Es un impuesto sobre los ingresos de alquiler para los no-residentes fiscales en España.
Este impuesto también se aplica a cualquier persona por el solo hecho de tener una propiedad en España que no es su propiedad principal, no importa que esté o no alquilado.
El Impuesto de la Renta de No-residentes se paga en estas circunstancias:
Desafortunadamente, aunque no tenga alquilada la propiedad, a los ojos de las autoridades fiscales españolas se obtiene un "beneficio" por el solo hecho de ser dueño de una propiedad en España y estará obligado a pagar este impuesto.
Si se alquila su propiedad, se tiene que pagar impuestos sobre la renta en lugar del impuesto descrito anteriormente (si usted alquila su propiedad a una empresa española la empresa va a deducir el impuesto en su declaración ante las autoridades fiscales)
Muchos extranjeros no pagan el Impuesto de la Renta de No-residentes.
En este caso es bien probable que un día recibirán una carta de la oficina de impuestos pidiendo los últimos 4 años, además de los cargos de interés y una multa.
Además, en el momento de la compraventa de la propiedad, se retendrá el 3,00% del precio de la compraventa con el objetivo de regularizar la situación fiscal.
Si una propiedad se alquila, se tiene que pagar este impuesto sobre el importe total de los ingresos por alquiler recibido, a una tasa del 24,00% .
Desde 2010, a los residentes de la UE se les permite deducir los gastos.
El importe se calcula según la siguiente fórmula:
Valor Catastral de la propiedad x 1,1 x 24,00%.
La misma base imponible se aplica a los residentes de España, pero esto se añade a otros ingresos, y se tributa a los tipos de escala.
Nota: El alcance y relievancia de los tipos impositivos puede cambiar. Esta información sobre los impuestos ha sido resumida y por supuesto, cualquier persona debe seguir el consejo pesonalizado de un profesional.
Encuentre más información en el sitio web oficial de la Agencia Tributaria.
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