Los extranjeros que, por sus intereses económicos, profesionales o sociales, se relacionen con España, estarán dotados, a efectos de identificación, de un número
personal, único y exclusivo, de carácter secuencial.
El número personal será su identificador, que deberá figurar en todos los documentos que se le expidan o tramiten, así como en los trámites que se estampen en su
documento de identidad o pasaporte.
Para la asignación del NIE por razones de interés económico, profesional o social, se admitirán las siguientes solicitudes:
- Las presentadas en España personalmente por el interesado,
- Las presentadas en España a través de un representante, mediante poder notarial. Si dicho poder ha sido expedido en el extranjero, deberá presentarse:
- Acompañado de su traducción jurada al castellano, o
- En formato de doble columna con el idioma nativo y la traducción al español al lado.
- Acompañado de la Apostilla de La Haya.
- Los que se presenten en las Representaciones Diplomáticas u Oficinas Consulares españolas ubicadas en el país de residencia del solicitante, correspondientes a su
demarcación de residencia.
Para la asignación de dicho número, deberá aportar los siguientes documentos:
- El modelo de solicitud normalizado (EX15), debidamente cumplimentado y firmado.
- El correspondiente Modelo 790, debidamente cumplimentado y firmado, para el pago de la tasa/impuesto de tramitación.
- Original y copia del pasaporte completo (en el caso de los ciudadanos de la UE, sólo será suficiente la página en la que aparezca su fotografía), o documento de
identidad (copias del anverso y del reverso), o documento de viaje o tarjeta de registro en vigor.
- Comunicación de las causas económicas, profesionales o sociales que justifican la solicitud.
- Cuando se solicite a través de un representante, original y copia del citado poder notarial.